Finalizar con el bloqueo financiero a Irán

Fernando Marqué, levantar bloqueo financiero a IránMucho se habla en estos días del levantamiento del bloqueo financiero y de las sanciones económicas a Irán como consecuencia del Plan de Acción Integral Conjunto (PAIC) firmado en Viena el 14 de julio de 2015, cuyo primer hito culminó el pasado día 18 con la adopción por parte de la Unión Europea y de los Estados Unidos de una serie de disposiciones normativas en cumplimiento de los compromisos asumidos en el propio PAIC.

Tales disposiciones no se aplicarán hasta el “Implementation Day”, que tendrá lugar cuando el Organismo Internacional de la Energía Atómica (OIEA) verifique el cumplimiento por parte iraní de sus propios compromisos, y presente un informe que así lo confirme ante el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas. Si todo va según lo esperado, se confía en que ello ocurra dentro del primer trimestre de 2016.

Las expectativas generadas son grandes, se publican artículos y se celebran jornadas que, por lo general, se centran en las consecuencias comerciales del levantamiento de las sanciones, las necesidades más imperiosas de Irán, la apertura de su economía al exterior, las oportunidades de negocio que ofrece el mercado iraní, los sectores donde tales oportunidades se pueden materializar y los esfuerzos aconsejables para aprovecharlas.

Levantar bloqueo financiero y sanciones económicas

Sin embargo, se habla menos de la importancia que para todo ello tiene el levantamiento de las sanciones financieras y de las restricciones que pesan sobre el bloqueo financiero en el sector bancario, .

Entre las medidas sancionadoras que más daño han hecho a la economía iraní se encuentran el bloqueo financiero que ha dificultado el normal flujo de dinero para el pago de las transacciones comerciales, como el bloqueo de fondos y recursos económicos de entidades iraníes sancionadas en el exterior (estimados en 118.000 millones de dólares), la inclusión del Banco Central de Irán y de los bancos iraníes más importantes entre tales entidades sancionadas, con la consiguiente prohibición de operar con ellos, las restricciones a las transferencias de fondos a o desde Irán, la prohibición de abrir nuevas cuentas o de establecer nuevas relaciones bancarias con entidades iraníes, o el corte del servicio de comunicaciones interbancarias a través de SWIFT (sistema de cooperación bancaria que registra las transferencias internacionales).

A esto debe añadirse que los principales bancos europeos han llevado estas sanciones más allá de lo legalmente impuesto por la Unión Europea, bien por el temor de verse afectados por las multas de los Estados Unidos (aquellas entidades que tienen vinculación del tipo que sea con este país) o bien por no querer afrontar el riesgo operacional, legal y reputacional que para ellos podría suponer operar con Irán.

Consecuencias

Como consecuencia de ello, muchas operaciones comerciales permitidas por la normativa sancionadora vigente se han visto de hecho enormemente dificultadas, cuando no frustradas, por la imposibilidad de canalizar el dinero necesario para su pago. En otras muchas ocasiones, los importadores iraníes, tradicionalmente buenos pagadores, han ideado canales alternativos para el pago de sus compras internacionales, buscando (y encontrando) la forma de ocultar el origen iraní de los fondos a los bancos europeos receptores de los mismos. De esta forma, esos mismos bancos que no querían intervenir en operaciones con Irán, se han acabado convirtiendo en cooperadores necesarios (aunque involuntarios) a la hora de eludir o soslayar las obligaciones de comunicación o autorización previa de las correspondientes transferencias.

España y el negocio con Irán

En España se pueden contar con los dedos de una mano (y sobran dedos) los bancos que durante estos años difíciles han mantenido sus servicios de cobros y pagos con Irán, extremando los cuidados para no infringir las sanciones, dedicando medios humanos y materiales a cumplir las normas y aumentando las comisiones por la prestación de tales servicios, claro está.

En la hora presente, las entidades financieras españolas y europeas contemplan la posibilidad de retomar el negocio bancario con Irán tan pronto como sea de aplicación el levantamiento de las sanciones (“Implementation Day”), aunque siguen mirando de reojo lo que haga Estados Unidos, pues persiste el temor a una eventual sanción multimillonaria, unilateral y extraterritorial, que pudiera imponer la Oficina de Control de Activos Extranjeros (OFAC) del Departamento del Tesoro americano.

Será preciso reconstruir las relaciones con los bancos iraníes, que cesaron abruptamente por causa de las sanciones, y habrá que preparar el terreno para establecer relaciones de corresponsalía cuando el levantamiento de dichas sanciones lo permita. El restablecimiento de la conexión SWIFT con los bancos iraníes será crucial, así como la liberación de los fondos bloqueados.

En definitiva, acabar con el bloqueo financiero, solamente con un funcionamiento adecuado y fluido del sistema de cobros y pagos podrá desenvolverse con normalidad el comercio internacional con Irán. A todo el mundo le gusta exportar, pero sobretodo le gusta cobrar lo que exporta…

Por Fernando Marqués